* Se recogen como derechos de los usuarios:
- Derecho a que se respeten sus convicciones cívicas, políticas, morales y religiosas.
- Derecho a disfrutar del silencio necesario durante las horas de reposo o descanso.
- Derecho a la información en los términos establecidos en la normativa sobre acción social.
- Derecho a la participación en la gestión el centro a través de los órganos representativos que se establecen legalmente.
- Derecho a la intimidad, especialmente en los establecimientos residenciales, y a la no divulgación de datos personales que obren en sus expedientes e historiales.
- Derecho a considerar como propio domicilio el establecimiento residencial que ocupa.
- Derecho a no ser discriminado en el tratamiento por razón de nacimiento, raza, edad, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
- Derecho a usar las dependencias e instalaciones el centro dentro de las horas y condiciones establecidas.
- Derecho al trato correcto por parte del personal y otros usuarios.
* Se recogen como deberes de los usuarios:
- Desarrollar un comportamiento correcto
- Respetar el Régimen de Reglamento Interno
- Efectuar los pagos puntualmente
- Participar en la vida del centro
- Facilitar la documentación necesaria para cumplimentar los documentos personales de obligada tenencia (historia social, ficha sociosanitaria.....)
- Respeto a las creencias cívicas, políticas, morales y religiosas de cuantas personas convivan en el centro.
- Conocimiento y cumplimiento de las normas que rijan su funcionamiento
- Acudir a las dependencias habilitadas al efecto como comedor, salvo que por prescripción facultativa sea necesario efectuarlo en la habitación.
- Respetar y colaborar en el mantenimiento y buen uso de las instalaciones del centro.
- Guardar las normas de higiene y aseo, tanto en la persona como en las dependencias del centro.